Documento de Universidad sobre Capítulo 7: El Ejercicio Discrecional o Reglado de las Funciones Administrativas. El Pdf explora el principio de división de poderes y el control judicial, presentando conceptos clave como la discrecionalidad y los conceptos jurídicos indeterminados en Derecho.
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I. El Principio de Division de Poderes · El pilar del D. Administrativo= contenido y desarrollo del ppio. de separación de funciones V Estudio de las funciones administrativas · Funciones estatales: V se distribuyen según el principio de división de poderes V se ejercen según reglas predeterminadas de modo específico por el ordenamiento jurídico, o conforme ese ordenamiento V Ejemplo:
· Discrecionalidad: V Es el plus de libertad, tras el cumplimiento de las reglas existentes. El ejercicio del poder estatal en ningún caso es absolutamente libre.V Presente: casos 1 y 2, potestades de legislar y administrar. Siempre es posible hallarlo con +o- extensión y en cualquiera de sus niveles o grados. Se encuentra en el PL y PE. No es exclusivo del PE. Las Potestades discrecionales son de los poderes políticos que tienen legitimidad de orden democrático porque sus miembros son elegidos directamente por el Pueblo. Tales decisiones se encuentran sujetas al ordenamiento y al correspondiente control judicial. V Ausente: caso 3. En la potestad de juzgar nunca existe. Porque el acto de juzgamiento es justo o injusto y no oportuno o inoportuno. Juez: resuelve el contenido, contorno y perfiles del Estado de Derecho, con carácter definitivo e irrefutable. Juez: dice qué es el Derecho.
II. El Vínculo entre el Congreso y el PE ? Nudos centrales del D. Administrativo: Relación entre el PL y PE 2 Principio de legalidad: · Es uno de los aspectos del vínculo entre PL y PE · PL/Congreso en su condición de representante del Pueblo debe dictar las leyes y, por su parte, el PE debe sujetarse y ubicarse necesariamente por debajo de esas leyes · Conductas del PE deben situarse bajo las leyes y de conformidad con éstas. ? PE ejerce potestades de regulación complementarias al PL, en cuyo caso el vínculo es entre Ley y Reglamento. CLASE DE FUENTES 2. PE ejerce facultades materiales de administración -aplicación lisa y llana del bloque normativo -. Aquí el nexo es entre Ley y Acto deAlcance Particular. Acá estudiaremos, las reglas o el marco de libertad que el PE debe seguir cuando ejerce sus potestades y, dicta sus actos de alcance particular (A.A.), entre otras conductas. ? ¿Cuál es el sentido de las categorías R./D .? V YA NO: Control o su ALCANCE, es decir, si los jueces deben controlar o no el ejercicio de tales poderes o con qué alcance). V SI: MODO en que los jueces deben controlar esos aspectos libres del PE. Potestades R .= jueces intervienen con reglas más precisas. Potestades D .= reglas más inespecíficas respetando el margen de arbitrio del PE.
III. El Origen Histórico de las Potestades Regladas y Discrecionales 2] Derecho Frances: Despues de Revolución de 1789. Se interpretó que en virtud del principio de división de poderes, el PJ no debía controlar al PE. En consecuencia, se crearon Tribunales Administrativos (Ej. Consejo de Estado Francés), con el fin de ejercer ese control sobre el PE. Decisiones de esos Trib. Adm. No son revisables por el PJ. De modo que allí, existen 2 órdenes jurisdiccionales: Judicial y Administrativo. Derecho Anglosajón: Se entendió que jueces si deben ejercer su poder de control sobre PE y que ello no supone inmiscuirse en sus competencias ni romper el Ppio. de Div. de Poderes. Sin embargo, el alcance del control fue retaceado por ciertos conceptos que pusieron un límite a ese control: a) Cuestiones Políticas; b) Poderes Discrecionales; c) Casos No Judiciales. Hoy: Extensión del Control Judicial y Recorte del campo Discrecional. Recorte por las siguientes categorías: a) Conceptos Jurídicos Indeterminados; b) Discrecionalidad Técnica; c) Ppios. Grales. del Dcho. Si bien Juez NO controla la Discrecionalidad, SI debe revisar estos 3 aspectos excluídos del ámbito de la Discrecionalidad del PE.
IV. Las Potestades Discrecionales y Regladas DISCRECIONALIDAD: V Es la Potestad del PE de elegir entre 2 o + soluciones igualmente posibles dentro del ordenamiento jurídico. V Cualquiera de las opciones es juridicamente plausible e igualmente razonable. V Cualquier solución es indiferente en términos jurídicos de valor. V PE puede optar por cualquiera de ellas, según su propio arbitrio o criterio. V El criterio Discrecional: está contenido en el ordenamiento jurídico, pero no existen reglas específicas predeterminadas que guíen su ejercicio y, por tanto, es libre. POTESTADES REGLADAS: V El ejercicio de estas potestades depende de criterios casi automáticos V Tienen lugar cuando el PE en el marco de un supuesto de hecho determinado, debe aplicar las consecuencias prefijadas por el orden jurídico. V_El operador (PE) no puede optar, sino que debe limitarse a aplicar cierto consecuente preciso y predeterminado. Ley: V ¿QUÉ PUEDE HACER O NO EL P.E .? REGLADO. Ley dice necesariamente si el PE puede actuar. EI QUE: Aquello que el PE puede o no hacer= COMPETENCIAS del PE deben estar regladas por Ley. En ningún caso PE puede reconocerse a sí mismo competencias. Solo puede actuar si PL le da autorización para que lo haga.V ¿CUÁNDO PUEDE HACERLO? R. o D. Es el tiempo en el que el PE decide actuar, pudiendo elegir entre 2 o + momentos posibles (aspecto temporal). V ¿CÓMO PUEDE HACERLO? R. o D. Comprende la posibilidad del operador jurídico (PE) de optar -en el marco de un mismo hecho-entre 2 o + consecuencias posibles. Operador debe elegir entre varios caminos y, luego, justificarlo (motivarlo). V Legislador puede o no decir/establecer el Cuándo y el Cómo. Si lo dice las potestades son REGLADAS ya que el ordenamiento prevé las reglas específicas respecto de su ejercicio. Si no lo dice estamos ante potestades LIBRES o DISCRECIONALES, las cuales nacen del reconocimiento del Legislador de ese ámbito de arbitrio. ACA PREGUNTAR
V. El Acto Estatal como Mixtura de Aspectos Reglados y Discrecionales No existe potestades íntegramente libres: !_ MIN. el aspecto puntual sobre QUE puede hacer o no el PE debe estar REGLADO por el PL. __ Si el PL reglo algunos aspectos= Potestades son en parte D. En consecuencial el Acto es parcialmente D. · EJEMPLO: PL establece que el PE debe cancelar determinadas obligaciones en el término de un año. Acá PL le dijo al PE: QUÉ hacer, CUÁNDO hacerlo pero no le dijo CÓMO ejercer esa potestad: con dinero en efectivo o con títulos públicos. ACA PUEDO PREGUNTAR. DOY EL EJEMPLO Y PREGUNTO QUE ESTA REGLADO Y QUE ES DISCRECIONAL. · Grado de DENSIDAD O DESARROLLO DE LAS REGLAS MÍN: Regulado todos los aspectos del caso y sin embargo= Acto es Discrecional.. EJEMPLO: PL dice que PE debe cancelar las obligaciones con títulos públicos, no aclara con qué serie. En consecuencia, el acto que dicte el PE es parcialmente D., en tanto PE puede optar entre una serie u otra con el objetivo de cancelar sus Deudas. 2 No existe potestades íntegramente REGLADAS LAS POTESTADES ESTATALES SON + 0 - R. y + 0 - D. EJEMPLO: Ley dice: Agente Público que no cumple con el horario de trabajo es pasible de sanciones de: apercibimiento, suspensión por no más de 30 días o cesantía. Administración advierte que un Agente no cumplió con el horario reglamentario en 2 oportunidades durante el últimomes y de modo injustificado. (artículo 30 y 31 de la Ley Nº 25.164 de Empleo Público) PE= Dicta A.A. aplicándole una suspensión al Agente por 30 días. A.A. ¿ es R. o D .? R .= elemento competencia (en caso de constatarse incumplimiento del Agente, Administracion debe sancionarlo. R= Antecedente (incumplimiento del horario). D= Consecuente (sanciones) en parte R. que sanciones y tiempo y D. cual aplica y por cuanto tiempo, en esto PE decide con LIBERTAD. M
VI. El Criterio de Potestades Regladas o Discrecionales según el Desarrollo de las Reglas LA DISTINCIÓN ENTRE POTESTADES REGLADAS Y DISCRECIONALES NO ES LA EXISTENCIA O NO DE REGLAS SINO EL CONTENIDO DE LAS REGLAS Reglas Específicas: Describen poderes reglados2 Reglas Generales e Inespecíficas: Se corresponden con poderes discrecionales. Pues, permiten al PE optar por 2 o + soluciones jurídicamente posibles. 2 Depende del GRADO DE DENSIDAD o ESPECIFICIDAD de las REGLAS Reglas Específicas y contenido Denso: Potestades R .- Acto R. : Reglas vagas, imprecisas e inespecíficas: Potestades-Acto D. Ese mandato vago e impreciso del ordenamiento permite al PE elegir entre 2 o + soluciones posibles dentro del marco jurídico. Siempre HAY REGLAS Discrecionalidad: No es ausencia o falta de reglas. :_ Es posible que no existan reglas en el marco particular y estrecho del Dcho. específico aplicable !_ Si existen reglas que surgen del resto del ordenamiento jurídico en general y, particularmente de los Ppios. Grales. del Dcho. !_ Preven mandatos más laxos y por tanto imprecisos 2 Es una cuestión de GRADOS: 1. Regla clara y detallada sobre el ejercicio del Ejecutivo= Potestad R. 2. Inexistencia de Reglas Específicas= Potestad D. 3. Regla imprecisa e incompleta= Potestad parcialmente D.
VII. El Contenido de la Discrecionalidad Estatal. Los Elementos del Acto Administrativo Elementos del AA: 1. Competencia: Siempre es Reglada 2. Procedimiento y Finalidad: En ppio. son Reglados 3. Objeto: Aveces R. y otras D.CSJN: · Elementos Reglados de la decisión/del A.A .: 1)Competencia, 2)Forma, 3)Causa y 4)Finalidad. Es donde el control judicial de los actos discrecionales encuentra en parte su ámbito de actuación. "A.P.D.H."; "SOLÁ"; "GONZÁLEZ, ALEJANDRO" BALBÍN: Descripción imprecisa, todo elemento del Acto Estatal es +o- R. y +o- D. Los ACTOS son en parte R. y D. y sus ELEMENTOS también. Debemos abandonar criterios de Actos R./D. o Elementos R./D. M Reemplazarlos: Aspectos R. o D. que atraviesan el ACTO y sus ELEMENTOS. Ciertos ASPECTOS de los ELEMENTOS DEL ACTO ESTATAL son REGLADOS y otros DISCRECIONALES. Conviven aspectos R. y D. en los elementos de un mismo ACTO
VIII. El Alcance de la Discrecionalidad. La Oportunidad, Merito o Conveniencia Ubicados en el ámbito de la Discrecionalidad= PE puede elegir entre 1 o + opciones jurídicamente válidas. ? ¿Cuál es el criterio o móvil que utiliza el PE para resolver el caso en el ejercicio de sus facultades D .? CRITERIO DE OPORTUNIDAD, MÉRITO o